Preguntas mas frecuentes

¿A quiénes se conoce como Sujetos Obligados en materia de PLD-FT?

Las entidades financieras y demás personas que realizan actividades previstas en las leyes relativas al Sistema Financiero Mexicano sujetas a la supervisión de la CNBV en materia de PLD/FT, tales como Instituciones de Crédito, Casas de cambio, Centros Cambiarios, Transmisores de Dinero, SOFOMES, entre otras, así como personas físicas o morales que realicen actividades vulnerables, de las señaladas en la LFPIORPI sujetas a la supervisión del SAT también en materia de PLD/FT.

¿Qué es la certificación en materia de PLD/FT que emite la CNBV y próximamente el SAT?

Es un mecanismo de profesionalización en materia de PLD/FT para los auditores, oficiales de cumplimiento, y demás profesionales que prestan sus servicios a las entidades y personas sujetas a la supervisión de la CNBV, y próximamente del SAT.

¿Qué pasa si no me certificó como Oficial de cumplimiento?

Primeramente, la entidad donde labores no tendrá la garantía ante la autoridad supervisora de que su estructura interna de cumplimiento está debidamente preparada para ayudarle a cumplir la regulación aplicable y apoyarle adecuadamente en la gestión de Riesgos.

¿Cuáles son las listas obligatorias con que debe contar mi sistema y cada cuando debo actualizarlas?

Las listas obligatorias son la Lista de Personas Bloqueadas, Lista de Personas Políticamente Expuestas, Lista de Países de Alto Riesgo, y de manera adicional y altamente recomendable, la Lista OFAC y lista que emita el SAT incluyendo los nombres de los contribuyentes personas físicas y morales con operaciones presuntamente inexistentes, esto es, que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas. Dichas listas deben estar actualizadas permanentemente, es obligación del sujeto obligado verificar que esto se cumpla.

¿Para qué sirve y cada cuanto se realiza la auditoría en materia de PLD-FT?

Se lleva a cabo de manera anual y su objetivo es brindar información a los Sujetos Obligados, para adoptar las medidas pertinentes que permitan hacer más eficientes sus procesos, mecanismos y herramientas para prevenir operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, y que se establezcan planes de acción para mejorar las áreas de oportunidad que se deriven de la revisión.

¿Cada cuándo debe capacitarse al personal de los sujetos obligados en materia de PLD-FT?

Se debe brindar capacitación de manera anual (por lo menos una vez al año), y de forma inicial previo o simultáneo a su ingreso o al inicio de sus actividades en las áreas de atención al público o de manejo de recursos. Adicionalmente, es recomendable revisar la guía emitida por la CNBV para el desarrollo e implementación adecuado de un programa de capacitación, en ella, la propia autoridad establece un parámetro de horas recomendada para los diferentes empleados y funcionarios de una institución, en función del cargo y responsabilidad que ostentan.

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